El Capítulo VI, Sección A-VI/3 del STCW 95, establece las normas de competencia para la Gente de Mar a quienes se les haya asignado el control de las operaciones de lucha contra incendio, poniendo especial énfasis en la organización, tácticas y mando.

1. Controlar las operaciones de lucha contra incendio a bordo. 

2. Organizar y formar las partidas de lucha contra incendio.

3. Inspeccionar y mantener los sistemas y el equipo de detección y extinción de incendios 

4. Investigar y recopilar informes sobre incidentes en los que produzcan incendios.