El Capítulo VI, Sección A-VI/3 del STCW 95, establece las normas de
competencia para la Gente de Mar a quienes se les haya asignado el
control de las operaciones de lucha contra incendio, poniendo especial
énfasis en la organización, tácticas y mando.
1. Controlar las operaciones de lucha contra incendio a bordo.
2. Organizar y formar las partidas de lucha contra incendio.
3. Inspeccionar y mantener los sistemas y el equipo de detección y extinción de incendios
4. Investigar y recopilar informes sobre incidentes en los que
produzcan incendios.